Plebiscito: ¿Cuándo comienza a regir la Ley Seca?

Este domingo 4 de septiembre se realizará el Plebiscito Constitucional de Salida, en donde el proyecto de nueva Constitución será votado por la ciudadanía, quienes decidirán si aprueban o rechazan el texto.

Desde el Servicio Electoral han puesto especial énfasis en comunicar a la ciudadanía todo lo respectivo a estas votaciones, como por ejemplo los artículos necesarios a llevar, o la documentación que se pedirá a la hora de sufragar, como también aquellas limitaciones que por ley se deben cumplir para esta jornada, como lo es el caso de la denominada “Ley Seca“.

¿Cuándo comienza a regir la Ley Seca?

Según lo establece el artículo 116 de la Ley 18.700, respecto a la Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, no se podrá vender bebidas alcohólicas “entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación”.

Esto quiere decir que los locales dedicados a la venta de licores no podrán vender sus productos desde las 05:00 horas del domingo 4 de septiembre, hasta las 20:00 horas de ese mismo día.

“El día de la elección o plebiscito, entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose solo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos”, señala el mencionado artículo.

¿Qué pasa si un local infringe esta ley?

En el mismo artículo se menciona que, en caso de ser descubierto infringiendo la normativa, las fuerzas de orden podrán clausurar dicho recinto.

“La fuerza encargada del orden público dispondrá la clausura de los recintos en que se infringiere esta disposición“, señala el artículo.

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