El Segundo Tribunal Ambiental escuchó los alegatos en seis reclamaciones, a través de las cuales la Municipalidad de Putaendo y diversos grupos de vecinos de la comuna, buscan anular la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas de Vizcachitas Holding y que éste sea evaluado de nuevo, a través de un Estudio de Impacto Ambiental.
El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos.
Los alegatos fueron realizados por abogados Felipe Riesco Eyzaguirre, Sabiñe Susaeta Herrera, Esteban Carmona Quintana, Rodrigo Avendaño Vergara, Alejandro Díaz Díaz, Benjamín Muhr Altamirano, Álvaro Toro Vega y Sebastián Avilés Bezanilla.
El Alcalde de Putaendo, Mauricio Quiroz Chamorro, dijo que esta jornada se realizó tras una espera que llegó a los tres años.
Los reclamantes acudieron al Tribunal luego de que la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), rechazó los reclamos administrativos que habían interpuesto en contra de la RCA que aprobó el proyecto Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas.
En términos generales, alegan que sus observaciones ciudadanas no fueron debidamente consideradas. Estas tienen relación con la calidad del agua del Río Rocín; los impactos sobre grupos humanos y la alteración de sus sistemas de vida y costumbres, especialmente respecto de los arrieros; los impactos del proyecto sobre el componente turístico de la zona, particularmente considerando la declaratoria de Zona de Interés Turístico (ZOIT) que recibió la comuna de Putaendo; y los impactos sobre el patrimonio cultural, el que se circunscribió al patrimonio arqueológico y paleontológico sin considerar historia, arquitectura, costumbres y tradiciones.
Por último, alegan que las observaciones sobre el valor ambiental del territorio indicaban que se afectarían sitios prioritarios y especies protegidas de flora y fauna, pese a lo cual, no se consideró debidamente la presencia de la especie vulnerable y en peligro de extinción como es el “gato andino”. Asimismo, cuestionan deficiencias en la determinación del área de influencia del proyecto, en lo referido a la biodiversidad; el impacto de emisiones vinculadas a la actividad y la presentación de línea de base incompleta en relación con la flora y vegetación del área, las que tampoco fueron analizadas considerando la magnitud y duración del proyecto.
Por su parte, el SEA solicita al Tribunal rechazar las reclamaciones, afirmando -entre otros aspectos- respecto de la componente hídrica que no se producirán impactos significativos, pues se determinó que la provisión de agua será realizada a través de camiones aljibe. Agrega que no se alterará la calidad del agua superficial, pues en el Río Rocín sólo se implementarán cruces de quebradas; y que, respecto de las aguas subterráneas, se pudo corroborar que no existe en el área de emplazamiento de las plataformas y sus cercanías un acuífero subterráneo que cautelar.
Asimismo, el Servicio explica que el área de influencia fue caracterizada correctamente para fauna silvestre y que los impactos de la componente flora y fauna, fueron correctamente analizados, descartando la presencia de la especie Leopardus jacobita (Gato Andino) dentro de dicha área. Añade que, para caracterizar el área, se observaron los estándares técnicos del SAG, lo que permite concluir que las obras del proyecto no presentarán las magnitudes para poder afectar significativamente a estas especies.
La reclamada afirma que el proyecto no genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres al grupo humano de los habitantes del valle, o a los crianceros de los distintos tipos de ganado, ya que las obras se concentran dentro de la concesión minera y a la superficie que alcanza el área de influencia definida para medio humano. Igualmente descarta que el proyecto contemple un reasentamiento de comunidades, detallando que la empresa minera solicitó a los arrieros que establezcan su campamento en la zona de Los Maitenes -y no en la zona Los Olivillos- únicamente por razones de seguridad.
Finalmente, el ente regulador sostiene que logró acreditar adecuadamente que la zona no presenta valor paisajístico, turístico, cultural y/o patrimonial, que atraiga flujos de visitantes o turistas, y que el proyecto no afecta la declaratoria de ZOIT de la comuna de Putaendo, ya que entre ambos, existe una distancia de más de 10 kilómetros.
El proyecto consiste en la realización de actividades de prospección minera mediante la ejecución de hasta 350 sondajes de tipo diamantina y aire reverso, los cuales se realizarán en 73 plataformas nuevas y 51 plataformas preexistentes, en un período de 48 meses.
Este es el video de la sesión registrada este jueves en el Tribunal Ambiental de Santiago.